El Gobierno nacional sumó nuevas actividades a la lista de servicios esenciales e incorporó una figura inédita: los “servicios de importancia trascendental”. En los hechos, limita severamente el derecho constitucional a la protesta laboral.
Con un nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), el gobierno de Javier Milei asestó un golpe directo al derecho a huelga. Aprovechando la presentación del régimen de desregulación de la marina mercante nacional, el Ejecutivo introdujo una modificación clave a la legislación laboral: amplió drásticamente el listado de actividades consideradas “servicios esenciales” e incorporó una categoría nueva —“servicios de importancia trascendental”— que también deberá garantizar prestaciones mínimas durante cualquier conflicto gremial.
La medida quedó establecida en el artículo 3 del Decreto 340/2025, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, que sustituye el artículo 24 de la Ley N° 25.877. El nuevo texto obliga a garantizar al menos un 75% de actividad en los servicios esenciales y un 50% en los “trascendentales”, en caso de huelga.
UNA LISTA QUE LO CAMBIA TODO
Los nuevos servicios esenciales abarcan desde hospitales hasta telecomunicaciones, pasando por control aéreo, servicios portuarios, distribución de energía, agua, gas, medicamentos y hasta la educación primaria y secundaria. También se incorpora el transporte marítimo y fluvial, lo que marca un retroceso frente a la regulación anterior, más restringida.
La nueva figura de “actividad de importancia trascendental” incluye sectores como la producción de alimentos, transporte terrestre, servicios de radio y TV, industria pesada, minería, bancos, hotelería, comercio electrónico y cualquier actividad vinculada a compromisos de exportación.
“ES UNA PROHIBICIÓN ENCUBIERTA”
El abogado laboralista Matías Cremonte advirtió que esta modificación es inconstitucional y representa una maniobra para “prohibir la huelga por la vía administrativa”. “Al igual que el inconstitucional DNU 70/23, amplía de tal modo los servicios esenciales que prácticamente prohíbe hacer huelgas”, señaló.
Según Cremonte, la normativa vigente hasta hoy respondía a los criterios de la OIT, que define como esenciales solo a aquellos servicios cuya interrupción pone en riesgo la vida, la salud o la seguridad de la población. “Esto no protege a la sociedad: protege al empresariado. El sistema actual funcionaba bien, y este cambio es para joder a los trabajadores”, sentenció.
En redes sociales, el jurista también se burló de uno de los considerandos del decreto, que justifica las restricciones si la huelga afecta “metas de recaudación fiscal”. “No se trata de derechos: se trata de caja”, ironizó.
UN NUEVO ESCENARIO PARA LOS CONFLICTOS GREMIALES
Con esta reforma vía DNU, el gobierno profundiza su política de confrontación con el sindicalismo y pone en jaque una de las herramientas más importantes de la protesta laboral: el paro. Desde ahora, buena parte de la economía queda bajo un régimen de presión legal contra las huelgas, en sectores donde históricamente se organizaron paros masivos.
El panorama abre una nueva etapa de tensión con los gremios, que ya analizan recurrir a la Justicia para frenar la aplicación de este decreto. Mientras tanto, el oficialismo sigue avanzando en su intento de reformar el mundo del trabajo sin pasar por el Congreso.