En un fallo de fuerte impacto político y social, la Justicia laboral decidió suspender de manera provisoria artículos clave de la reforma laboral, al hacer lugar a una medida cautelar presentada por la CGT. La resolución fue interpretada en el ámbito sindical como un respaldo a los derechos históricos de los trabajadores y un límite a lo que consideran un intento de flexibilización regresiva.
El juzgado nacional del Trabajo, a cargo de Raúl Ojeda, entendió que existen elementos suficientes para poner en duda la constitucionalidad de varios puntos de la Ley 27.802, especialmente aquellos vinculados a la ultraactividad de los convenios colectivos y a los aportes sindicales. Según el fallo, estas modificaciones podrían afectar garantías fundamentales como la protección del trabajo, la libertad sindical y el principio de progresividad.
Desde el movimiento obrero destacaron que la medida cautelar evita, al menos de forma transitoria, la aplicación de normas que implicaban un retroceso en conquistas laborales construidas durante décadas. En ese sentido, remarcaron que la decisión judicial preserva herramientas esenciales para la defensa de los derechos colectivos y el equilibrio en las relaciones laborales.
El magistrado subrayó que no se requiere certeza absoluta para dictar una cautelar, sino una “apariencia razonable” del derecho invocado, y advirtió sobre el riesgo de generar situaciones irreparables si la reforma se aplicaba sin revisión judicial. Esta mirada fue celebrada por dirigentes sindicales, que ven en el fallo una señal clara del rol del Poder Judicial como garante de la Constitución.
Asimismo, la resolución reconoce la legitimidad de la CGT para impulsar una acción colectiva en defensa de los trabajadores, consolidando su rol como actor central en la discusión del modelo laboral. Para los gremios, este punto refuerza la importancia de la organización sindical frente a cambios normativos de gran alcance.
En contraposición con los argumentos del Gobierno, que había advertido sobre una supuesta afectación al interés público, el fallo prioriza la necesidad de resguardar derechos de raigambre constitucional. En particular, hace hincapié en que cualquier reforma debe respetar el principio de no regresividad, evitando retrocesos injustificados en materia laboral.
Mientras se aguarda una definición de fondo, la cautelar mantiene vigente el esquema actual y abre un nuevo capítulo en la disputa por el rumbo del mercado de trabajo en la Argentina. Para el sindicalismo, se trata de un primer paso en la defensa de un modelo que pone en el centro la protección del empleo y la dignidad de los trabajadores.